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Propiedades · Hipotecas y gravámenes

Cancelación de hipoteca

Pagar el crédito no borra la hipoteca del Registro. Hace falta que el acreedor otorgue la escritura de cancelación y que esta se inscriba. Hasta entonces el gravamen sigue vigente y bloquea la venta del inmueble.

Última revisión:

Datos del trámite

Modalidad
Ante notario
Costo
Timbres, derechos de registro y honorarios notariales. Menor que el de la constitución.
Plazo
Días a semanas desde la presentación.
Quién lo hace
Un notario público, con comparecencia del acreedor.

Requisitos

  • Carta de cancelación o constancia de pago total emitida por el acreedor.
  • Comparecencia del acreedor o de su apoderado con facultades suficientes.
  • Certificación de personería si el acreedor es una entidad.
  • Datos de las citas de inscripción de la hipoteca original.

Paso a paso

  1. 1

    Solicite la carta de cancelación

    Es el documento con el que la entidad acreedora hace constar que la deuda quedó saldada.

  2. 2

    Coordine la comparecencia del acreedor

    La cancelación la otorga quien tiene la garantía a su favor, no el deudor.

  3. 3

    Otorgue la escritura de cancelación

    El notario identifica la hipoteca por sus citas de inscripción y formaliza el levantamiento.

  4. 4

    Presentación e inscripción

    El notario presenta el documento al Registro Inmobiliario.

  5. 5

    Verifique que el gravamen desapareció

    Consulte la finca semanas después. Si la hipoteca sigue apareciendo, la cancelación no se inscribió.

Puntos de atención

  • Este es el trámite que más gente olvida. Muchas fincas aparecen hipotecadas años después de que el crédito se pagó, y el problema surge justo cuando se intenta vender.
  • Si la entidad acreedora dejó de existir o fue absorbida por otra, la cancelación se complica: hay que rastrear quién es el titular actual del crédito.

Preguntas frecuentes

¿Por qué mi hipoteca sigue apareciendo si ya pagué?

Porque el pago extingue la deuda pero no cancela la inscripción. Hace falta una escritura de cancelación inscrita en el Registro.

¿Quién otorga la cancelación?

El acreedor, que es quien tiene la garantía a su favor. El deudor solo puede gestionarla, no otorgarla.

¿Puedo vender con la hipoteca sin cancelar?

El comprador asumiría la carga. En la práctica se exige la cancelación previa o simultánea al traspaso.

Dónde se hace oficialmente

Este trámite se realiza únicamente en los canales oficiales. Los siguientes enlaces llevan directamente a las instituciones competentes:

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