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Sociedades · Obligaciones anuales

Disolución y liquidación de una sociedad

Abandonar una sociedad no la cierra: sigue generando impuesto anual y obligaciones ante Hacienda. La única forma de detener eso es disolverla y liquidarla formalmente, con escritura e inscripción registral.

Última revisión:

Datos del trámite

Modalidad
Ante notario
Costo
Timbres, derechos de registro, publicación y honorarios notariales, más la deuda tributaria pendiente.
Plazo
Variable. Depende de la liquidación del patrimonio y de las obligaciones pendientes.
Quién lo hace
Un notario público, con acuerdo de asamblea.

Requisitos

  • Acuerdo de disolución tomado en asamblea.
  • Nombramiento de liquidador.
  • Impuesto a las personas jurídicas al día.
  • Situación tributaria regularizada ante Hacienda.
  • Patrimonio liquidado y deudas atendidas.

Paso a paso

  1. 1

    Regularice antes de disolver

    Con el impuesto moroso el Registro no inscribe. Hay que ponerse al día primero, aunque parezca contradictorio.

  2. 2

    Acuerde la disolución en asamblea

    El acuerdo debe cumplir las formalidades del pacto constitutivo y asentarse en el libro legalizado.

  3. 3

    Nombre liquidador y liquide

    El liquidador realiza los activos, paga las deudas y distribuye el remanente entre los socios.

  4. 4

    Otorgue la escritura e inscriba

    El notario formaliza la disolución y la liquidación y presenta el documento al Registro.

  5. 5

    Cierre ante Hacienda

    La desinscripción tributaria es un trámite aparte que hay que completar.

Puntos de atención

  • La disolución por morosidad de tres períodos no libera de la deuda acumulada: la sociedad se disuelve, pero lo adeudado sigue siendo exigible.
  • Liquidar mal deja responsabilidades abiertas para los socios y el liquidador.

Preguntas frecuentes

¿Puedo simplemente dejar de usar la sociedad?

No conviene. Seguirá generando impuesto anual y obligaciones ante Hacienda, y la deuda se acumula a cargo de la entidad y sus responsables.

¿Qué pasa si el Registro la disuelve por morosidad?

La sociedad se disuelve, pero la deuda acumulada no desaparece y puede afectar los bienes de la entidad.

¿Necesito estar al día para disolverla?

Sí. Con morosidad en el impuesto a las personas jurídicas el Registro no inscribe documentos de la sociedad.

Dónde se hace oficialmente

Este trámite se realiza únicamente en los canales oficiales. Los siguientes enlaces llevan directamente a las instituciones competentes:

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