Saltar al contenido
Registro Nacional CRGuía de trámites de Costa Rica
Abrir menú

Registro Civil · Certificaciones

Certificación de defunción

Acredita el fallecimiento inscrito en el Registro Civil. Es el documento base de una sucesión, del cobro de seguros y de la cancelación de obligaciones a nombre de la persona fallecida.

Última revisión:

Datos del trámite

Modalidad
En línea y presencial
Costo
Timbres fiscales y del Archivo Nacional.
Plazo
Normalmente el mismo día en ventanilla.
Quién lo hace
Cualquier persona interesada.

Requisitos

  • Nombre completo de la persona fallecida.
  • Número de cédula.
  • Fecha aproximada del fallecimiento.
  • Timbres correspondientes.

Paso a paso

  1. 1

    Verifique que la defunción esté inscrita

    Sin inscripción previa no hay certificación posible.

  2. 2

    Solicite en una oficina del TSE

    Centrales o regionales, o por el canal en línea disponible.

  3. 3

    Pague los timbres

    Es lo que le da validez legal al documento.

  4. 4

    Obtenga varias copias si abrirá una sucesión

    El proceso sucesorio consume varios ejemplares entre juzgado, bancos y entidades.

Puntos de atención

  • Para una sucesión conviene pedir además la certificación histórica de propietarios y la histórica de bienes muebles, que reconstruyen el patrimonio de la persona fallecida.

Preguntas frecuentes

¿Quién puede pedir una certificación de defunción?

Cualquier persona interesada, aportando los datos de identificación de la persona fallecida.

¿Para qué se necesita?

Para abrir una sucesión, cobrar seguros, cancelar obligaciones y cerrar cuentas a nombre de la persona fallecida.

¿Cómo averiguo qué bienes tenía?

Con las certificaciones históricas del Registro Nacional: la de propietarios para inmuebles y la de bienes muebles para vehículos.

Dónde se hace oficialmente

Este trámite se realiza únicamente en los canales oficiales. Los siguientes enlaces llevan directamente a las instituciones competentes:

Trámites relacionados