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Certificaciones del Registro Civil

Las emite el Registro Civil del Tribunal Supremo de Elecciones, no el Registro Nacional. Se piden en oficinas centrales o en cualquiera de las regionales del TSE.

Última revisión:

El Registro Civil certifica los hechos vitales y civiles inscritos: nacimiento, matrimonio, defunción y naturalización, tanto de costarricenses como de extranjeros inscritos en el país.

Para solicitar una certificación basta aportar el nombre completo de la persona, su número de cédula cuando lo tiene y la fecha aproximada del hecho a certificar. Los hechos civiles inscritos son de acceso público.

El documento adquiere validez legal con los timbres correspondientes: fiscales y del Archivo Nacional. Son montos bajos, pero sin ellos la certificación no sirve.

4 trámites en esta categoría

Cuál le corresponde

Elegir mal significa pagar dos veces. Esta es la regla rápida según lo que necesite:

Para matrícula, pensión o trámite migratorio
Certificación de nacimiento.
Para sucesión, divorcio o gestión bancaria conjunta
Certificación de matrimonio.
Para una sucesión o un seguro
Certificación de defunción.
Si le piden acreditar soltería
Certificación de estado civil, con variante específica para personas extranjeras.

Preguntas frecuentes: certificaciones

¿La certificación de nacimiento la da el Registro Nacional?

No. La emite el Registro Civil, que forma parte del Tribunal Supremo de Elecciones. El Registro Nacional se ocupa de inmuebles, vehículos, sociedades y propiedad intelectual.

¿Cuál es la diferencia entre constancia y certificación?

La certificación es el documento con valor probatorio pleno y lleva timbres. La constancia acredita un dato de forma más simple. Conviene confirmar cuál le solicitan.

¿Puedo pedir la certificación de otra persona?

Sí, aportando sus datos de identificación. Los hechos civiles inscritos son de acceso público en Costa Rica.

¿Sirve para trámites en el extranjero?

Generalmente hay que apostillarla ante el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

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